Cuando registramos un invento, ya sea como patente o como modelo de utilidad, el convenio de la unión de Paría (CUP), nos otorga un derecho de prioridad internacional.
Coloquialmente ese derecho se conoce como el “año de prioridad”, y da comienzo en el momento que se realiza una solicitud de registro. Ese primer año es primordial para nuestro invento. Nos servirá para poder desarrollarlo, realizar una presentación, o lo más importante, recabar información sobre sus posibilidades reales de mercado.
Es probable que esté a punto de finalizar ese periodo, y sigamos confiando en las posibilidades de mercado de nuestro producto.
Supongamos que no hemos tenido el margen suficiente como para llegar a los acuerdos comerciales necesarios, pero sí tenemos intención de solicitar la titularidad sobre nuestro invento en otros países y no queremos limitarnos sólo al territorio nacional.
¿Cómo podemos comprar más tiempo?
Una vez va a finalizar el año de prioridad de nuestra patente tenemos dos opciones:
Seguir el proceso tradicional
Consiste en solicitar tu patente en los países que sean de tu interés y que formen parte del convenio de París. Básicamente hay que presentar una solicitud nueva en cada uno de los territorios. Deberá ser en el idioma y forma que marque cada una de las legislaciones, además de pagar las tasas correspondientes.
Acogerse al tratado de cooperación en materia de patentes, también conocido por sus siglas PCT
Permite realizar mediante una única solicitud y en un único idioma, la solicitud de patente en todos los países que forman parte del tratado. Realizar dicha solicitud no quiere decir que la patente esté concedida en todos esos países, pero sí que se reserve ese derecho sobre la patente registrada inicialmente.
¿Qué otras ventajas tiene el PCT?
Al realizar la solicitud de PCT, se le facilitará al titular un informe técnico de gran valor. En ese informe, vendrán detallados aspectos relevantes en cuanto a la novedad, la actividad inventiva y la aplicación industrial de su invento. Con ese informe, el titular podrá conocer hasta qué punto la petición de patente de su invento puede ser concedida en otros países. La Oficina Internacional podrá decidir, en función del país en el que se desee solicitar la concesión, si con el informe facilitado inicialmente gracias a la solicitud PCT es suficiente. De no serlo habrá que realizar un estudio nuevo para entrar en la fase nacional del país que así lo solicite.
La segunda ventaja que aporta acogerse a este tratado, es el tiempo adicional del que dispone el titular de la patente antes de decidir qué países pueden ser de su interés. El PCT otorga 18 meses adicionales a los 12 de prioridad. El cómputo total asciende a 30 meses desde la fecha de registro del invento en España.
En último lugar pero no menos importante, sería el bajo coste que supone solicitar y tramitar el PCT.
El coste final sería la suma de los honorarios de la empresa o profesional que tramite la documentación, junto con la tarifa de las las tasas oficiales.
Existen unas tasas unificadas, de unos 3.000€ aproximadamente. Un importe muy ajustado teniendo en cuenta el número de países que forman parte del tratado.
Además, un valor añadido al coste, es que anualmente la OEPM lanza una subvención garantizada que te permitirá solicitar la devolución de prácticamente el 90% de esas tasas. Podrás recuperar gran parte del dinero para reinvertirlo si lo deseas, en fases posteriores.
Si quieres conocer nuestros honorarios, y que te asesoremos en materia de cooperación de patentes, puedes hacer click aquí o llamarnos al 601 467 436.
Buenas, tengo una duda. Un modelo de utilidad tiene una protección nacional de 10 años e internacional de 1. Si en ese año no internacionalizas, supuestamente aunque en el extranjero lo hayan fabricado y lo comercialicen, en España no pueden hacerlo.
Pero mi duda es que hoy en día tu puedes realizar un pedido a cualquier lugar del mundo y que te lo manden, por lo que la protección en España, sería nula, no??
Muchas gracias
Un saludo
Buenas tardes Lorea, buena pregunta que ya te hemos contestado por email 😉
Cualquier duda adicional que tengas, nos tienes a tu disposición!
Buenas de nuevo,
no he recibido el email, me lo podeis mandar de nuevo, por favor? loreasanchez@yahoo.es
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola,
El modelo de utilidad tiene un año de protección internacional, pero desde qué fecha?
Muchas gracias.
Un saludo